PETICIÓN PARA CONSTITUIR UNIÓN DE HECHO - DE MUTUO ACUERDO - ANTE NOTARIO
SEÑOR NOTARIO
DEL CANTÓN MOCHA:
En
el Protocolo de Escrituras Públicas a su cargo, sírvase insertar una DECLARACIÓN DE EXISTENCIA DE UNIÓN DE HECHO
para que sea solemnizada, contenida en la
siguiente PETICIÓN:
Nosotros:
HORLIN HUMBERTO
URIAR APO, y ANA GABRIELA CAR CARGU, de XX años de edad y XX años de edad, respectivamente, de estado civil solteros
pero en estado de convivencia entre sí, de ocupación Servicio Técnico y Docente, en su orden;
domiciliados en el Cantón Mocha, parroquia Mocha – La
Matriz, calles San Juan Bautista y Alfredo Sevilla, provincia de Tungurahua, ante usted, respetuosamente comparecemos y decimos:
PRIMERO .- ANTECEDENTES: Que desde hace más de dos años, aproximadamente, venimos conviviendo en unión de hecho, libre,
estable y monogámica ; tratándonos como
verdaderos marido y mujer, viviendo bajo un mismo techo, auxiliándonos
mutuamente en las relaciones de convivencia; así como en nuestras relaciones sociales, y así hemos
sido recibidos y tratados por nuestros parientes, amigos y vecinos.
SEGUNDO.- PETICIÓN.- Con tales antecedentes, y al amparo de lo prescrito por el
numeral 26 del Art. 18 de la Ley
Notarial, solicitamos en conjunto y de viva voz, SE SIRVA RECEPTAR Y SOLEMNIZAR NUESTRAS DECLARACIONES SOBRE LA
EXISTENCIA DE LA UNIÓN DE HECHO, en base
a esta nuestra petición y de esta manera
DECLARE CONSTITUIDO LA UNIÓN DE
HECHO, EXISTENTE ENTRE LOS COMPARECIENTES:
HORLIN HUMBERTO
URIAR APO, y ANA GABRIELA CAR CARGU, levantando el acta
respectiva e incorporándola en los protocolos a su cargo.-
TERCERO.- CUANTÍA .- La cuantía por su
naturaleza es indeterminada.
CUARTO.-
TRÁMITE.- El trámite es el especial fijado en la Ley Notarial.
QUINTO.-
NOTIFICACIONES:
5.1.-
A los comparecientes: Notificaciones que nos correspondan las
recibiremos de ser necesario en su propio despacho o CORREO ELECTRÓNICO: gabycar@gmail.com, y designamos como nuestro defensor al Abogado
XXXXXXXXXXXXXXXXX , a quien autorizamos suscribir y presentar cuanto
escrito sea necesario hasta la conclusión.
5.2.-
A Funcionarios: Se dignará cumplir con la
respectiva notificación a la Dirección Provincial del Registro Civil,
Identificación y Cedulación, para la consiguiente inscripción y Registro,
conforme dispone el Numeral 13 del Art. 10 de la Ley Orgánica de Gestión de la Identidad y datos
Civiles.-
Acompañamos documentos habilitantes.-
HORLIN
HUMBERTO URIAR APO ANA GABRIELA CAR CARGU
Nro. Dactilar: E3333A1222
Nro. Dactilar: V4333V4242
f) El Abogado
Mat. xxxxx Foro
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